Dirección del Trabajo
Permite a los empleadores solicitar a la Dirección del Trabajo (DT) autorización para implementar o renovar un sistema excepcional de distribución de la jornada de trabajo, para una actividad o labor que debido a sus características no puede efectuarse con una distribución de jornada semanal.
{{mensaje[alerta]:La autorización se otorga sólo a las obras o faenas que el Código del Trabajo (ver artículo 38) permite desarrollar el domingo y los días festivos.}}
{{mensaje[reloj]:El trámite se puede realizar durante todo el año.}}
Empleadores.
Cuatro años, excepto si la duración de la obra o faena es menor.
Además, los empleadores deben presentar el respectivo formulario y los documentos especificados en cada uno de ellos:
$6.000.
Código del Trabajo, artículo 38.