Dirección del Trabajo
Descripción
Permite a los empleadores solicitar la sustitución de una multa asociada a las normas de higiene y seguridad, por la incorporación al Programa de Asistencia al Cumplimiento.
Los empleadores que no corrijan las infracciones que dieron origen a la multa, no implementen el sistema de gestión de seguridad en el trabajo, o no efectúen la acreditación en forma oportuna, verán aumentado el monto original de la multa en un 25%.
{{mensaje[alerta]:Si la multa está asociada a las normas laborales y previsionales solicite la incorporación al programa de capacitación.}}
{{mensaje[reloj]:El trámite se puede realizar durante todo el año.}}
Paso a paso: Cómo realizar el trámite
En Oficina
- Reúna los antecedentes mencionados en el campo documentos requeridos.
- Diríjase a la oficina de la Inspección del Trabajo correspondiente al domicilio de la empresa.
- Explique el motivo de su visita: solicitar la sustitución de multas de higiene y seguridad por el programa de asistencia al cumplimiento.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la sustitución de multas de higiene y seguridad, respuesta que podrá obtener en un plazo de 20 días hábiles, a través de una carta certificada o por la visita de un funcionario de la Inspección del Trabajo.
Detalles
El Programa de Asistencia al Cumplimiento (PAC) es implementado por el Instituto de Seguridad Laboral (ISL) o mutual donde se encuentra afiliado el empleador Ley N°16.744), organismo al que se informarán los pasos a seguir una vez que esté resuelto el examen de admisibilidad de la solicitud.
Beneficiarios
Empleadores que se encuentren en estas situaciones:
- Han sido notificados de la aplicación de la multa, por medio de una resolución.
- No han solicitado la reconsideración de la multa.
- Han corregido las infracciones sancionadas.
- Presenten la solicitud de sustitución dentro 30 días corridos, contados a partir de la fecha de la notificación de la resolución.
- Las infracciones en las que incurrieron estén relacionadas a las normas de higiene y seguridad.
- Su empresa tenga como máximo 49 trabajadores contratados al momento de constatarse la infracción, incluyendo las sucursales o establecimientos regionales.
- No han hecho uso de este beneficio (cuando se trate de la misma infracción) dentro de los 12 meses contados desde que se resolvió la solicitud de sustitución anterior.
- No han interpuesto recursos judiciales contra la misma resolución.
Documentos requeridos
Costo de trámite
No tiene costo.
Marco legal
Código del Trabajo, artículo 506.